Reguladores
El regulador es el elemento que mantiene una presión aproximadamente constante y preestablecida en una instalación. Hace parte del centro de medición si es de segunda o única etapa y, al igual que los medidores, se tiene un regulador para cada suscriptor.
Su diseño y construcción será de tal forma que garanticen seguridad en su funcionamiento, adecuados para soportar los esfuerzos mecánicos, las temperaturas en condiciones normales de operación y resistencia a la intemperie. Su acabado será limpio, sin rebabas ni defectos de fundición.
Las curvas características de operación del regulador indicarán la variación de la presión de entrega con modificaciones del caudal, para varias presiones de entrada. Los caudales máximos utilizados para la selección del regulador serán los determinados para la instalación interna.
Para los reguladores de presión de etapa única, de segunda o tercera etapa, según el caso, el sistema de protección contra sobrepresiones en la red, aguas abajo del regulador, se puede obtener mediante el uso de válvula de alivio con venteo directamente a la atmósfera, ajustada para que en condiciones críticas no se presenten presiones mayores que las permitidas por la NTC 3838 o por las normas asociadas a cada tipo de regulador. El orificio para la ventilación estará colocado de tal forma que no permita la entrada de agua o materiales extraños y estar diseñado para que no se obstruya, ni permita que a través de él se logre llegar al diafragma con algún instrumento que lo deteriore. Otros sistemas de alivio por sobrepresión o por baja presión aguas abajo, serán sometidos a consideración de EE.PP.M.E.S.P.
El diámetro de las roscas de entrada y salida será acorde con el resto de elementos con los que se instalará el regulador.
La identificación de los reguladores será en alto o bajorrelieve, en sitio visible, indicará el modelo, serie, año de fabricación y marca. En el punto de entrada del gas dispondrá de una malla que sirva de filtro e impida la entrada de suciedades a la boquilla del inyector.
Otras especificaciones técnicas se acogerán a lo estipulado en la NTC 3293 y NTC 3727
OBTENIDO DE:GUIA DE EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN